Cerca 11 millones de afiliados podrán solicitar su retiro del 10% AFP desde este jueves
Afiliados y beneficiarios de una pensión de vejez, de invalidez o sobrevivencia serán receptores de esta nueva ley que entra en vigencia el 30 de julio y que excluye a los que son jubilados con renta programada.
[Santiago, 27 de julio 2020] Admistradora de Fondos de Pensiones anunciaron que este jueves 30 de julio comenzará el proceso para retirar el 10% de los ahorros previsionales, plazo que se extenderá por un año, es decir, hasta el mismo día de julio del año 2021.
Suman cerca de 11 millones las personas que podrán acceder al 10% de sus fondos, generando alrededor de 20 millones de transacciones, “es posible que tengamos algunas dificultades debidos a la cantidad de personas”, anunciaron desde las administradoras de fondos de pensiones, quienes se están preparando para que todas las solicitudes sean digitales, evitando las aglomeraciones en las oficinas de las AFP, para cuidar la salud de las personas.
El monto máximo de retiro es de 150 Unidades de Fomento ($4.303.458) y un mínimo de 35 Unidades de Fomento ($1.004.140). Respecto a los afiliados a las AFP que tengan un fondo de 35 UF, es decir a $1,004140, podrán retirar hasta este monto y si sus fondos acumulados son menores, el afiliado podrá sacar el total de su dinero acumulado. Este parámetro es el mismo para aquellas personas que tengan desde desde $1 millón, hasta los $10 millones de pesos
Los beneficiarios de esta ley deben, a partir de este jueves 30 de julio, ingresar su solicitud de retiro de los fondos por medios digitales (internet), vía telefónica y de forma presencial. Respecto a la vía digital, que se espera sea la mayoría, se debe ingresar a la página web de su AFP y sin necesidad de clave llenar un formulario con sus datos correctamente: número de documento de identidad, número de serie del carnet y forma de pago de los fondos.
Retirar la plata a una cuenta de ahorro voluntario (Cuenta 2); depósito a una cuenta bancaria; depósito a una cuenta de provisión de fondos en una caja de compensación o vale vista nominativo a cobrar en un banco, son las opciones para recibir los pagos, de acuerdo a lo que indicó la Superintendencia de Pensiones en oficios enviados a las AFP.
El retiro se podrá hacer en dos cuotas: la primera cuota de 50% del monto, en un plazo máximo de 10 días hábiles, luego de presentar la solicitud ante la AFP y la segunda cuota del 50% restante, que se entregará en un plazo máximo de 30 días hábiles desde la fecha del pago de la primera cuota.
Respecto a embargos o impuestos del monto retirado, la ley señala que no serán considerados como renta, remuneración, sueldo o ingreso para ningún efecto legal, se considerará “extraordinariamente intangible para todo efecto legal”. Salvo en una sola excepción, para las deudores de pensión alimenticia, lo que requiere tener judicializada la pensión y solicitar apremio en procedimiento de cobranza que se tramita en los Tribunales de Familia.
Fuente: www.sindical.cl