CDE contraataca: organismo busca recalcular los intereses de la multa pagada por Julio Ponce Lerou para cerrar el Caso Cascadas
El 18° Juzgado Civil de Santiago acogió los argumentos que el Consejo de Defensa del Estado (CDE) hizo presente respecto de la improcedencia de la vía escogida por el cuestionado empresario para el pago de la multa decretada por la justicia en el marco del caso Cascadas, así como de los intereses que se deben aplicar. La defensa del hoy controlador indirecto de SQM critica que si los intereses deben calcularse desde antes, se duplicaría el monto a pagar y agregaría un porcentaje extra a lo que ya se acreditó. El presidente del CDE, Juan Peribonio, valoró el pronunciamiento del tribunal, y añadió que el organismo “insistirá en todas las instancias que corresponda en que dicho cálculo se realice de forma correcta, esto es, a partir de 2014 y no desde 2019, como pretendía el Sr. Ponce Lerou”.
En noviembre, Julio Ponce Lerou intentó dar un cierre al caso Cascadas y notificó al 18º Juzgado Civil de Santiago sobre el pago de la multa de US$ 3 millones dictada por la Corte Suprema. Ese fue un fallo polémico dado que representaba una sustancial rebaja de los US$ 62 millones dictaminados inicialmente, pese a que se acreditó que el empresario y exyerno de Augusto Pinochet cometió una serie de violaciones a las leyes de valores y sociedades anónimas.
Pero el asunto no quedó ahí. El pago de la multa no terminó con el caso. Y a poco más de una semana de que Ponce hiciera la transferencia de $2.151 millones, el Consejo de Defensa del Estado (CDE) contraatacó ingresando una acción legal ante el mismo juzgado indicando que el hoy controlador indirecto de SQM y su defensa se equivocaron en la forma de pagar y que además deberían cancelar los intereses desde la fecha en que la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) aplicó la sanción, es decir, el 2 de septiembre de 2014.
Según lo informado por La Tercera, la defensa de Ponce Lerou respondió que si los intereses se calculan desde ese año, se duplicaría el monto a pagar y agregaría un 111% a los $ 2.152 millones ya cancelados.
Todo parece que Julio Ponce va a tener que abrir la billetera nuevamente porque ayer el 18º Juzgado Civil de Santiago dictaminó un “no ha lugar” por improcedente a las peticiones de la defensa del empresario a cargo del abogado Jorge Bofill.
“Atendido a lo resuelto precedentemente, hágase la devolución del monto consignado a la parte demandante mediante giro pertinente en su oportunidad”, dictaminó la jueza Claudia Donoso.
El Tribunal rechazó la solicitud de Julio Ponce, acogiendo lo expuesto por el CDE en cuanto a que el actual litigio no es un proceso de cobro sino de reclamación de multa y que la antigua Ley Orgánica de la SVS, Decreto Ley N° 3.538, regula con detalle esta materia, al señalar expresamente que el pago debe hacerse ante la Tesorería General de la República.
El presidente del CDE, Juan Peribonio, valoró el pronunciamiento del tribunal, por cuanto “se aceptaron los fundamentos de la impugnación efectuada por el Consejo respecto de la improcedencia del pago pretendido por el reclamante”. Peribonio añadió que “el CDE insistirá en todas las instancias que corresponda en que dicho cálculo se realice de forma correcta, esto es, a partir de 2014 y no desde 2019, como pretendía el Sr. Ponce Lerou”.
El Consejo sostiene que la transferencia de $2.152.212.620 efectuada por Ponce Lerou a la cuenta corriente del Tribunal no produce el efecto de extinguir la obligación fiscal impuesta por la exSVS al reclamante, ya que resulta del todo improcedente consignar y solicitar la liquidación de un crédito que no se cobra en ese Tribunal, solicitud que contraviene de forma expresa lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 3.538 de 1980. Concordante con aquello, el Tribunal ordena la devolución del monto consignado al sancionado.
Cabe mencionar que el CDE interviene en este juicio desde sus inicios, en defensa de la potestad sancionatoria de la Comisión para el Mercado Financiero, CMF, continuadora legal de la Superintendencia de Valores y Seguros, SVS.
Fuente: El Mostrador