Nuevas restricciones: cierre de fronteras por 30 días, un permiso de desplazamiento para el fin de semana y toque de queda a las 21 horas
Además se limitó el concepto de bienes esenciales y el espectro de trabajadores que pueden acceder al permiso único colectivo.
La subsecretaria de Prevención del Delito, Katherine Martorell, anunció las nuevas restricciones del confinamiento, por el recrudecimiento de la pandemia de covid, que hoy registró las peores cifras de contagios diarios desde el inicio de la pandemia.
Entre los anuncios se dio a conocer que a partir del lunes, de los 2 permisos de desplazamiento general, sólo 1 podrá ser ocupado durante el fin de semana.
También desde el día lunes se decidió que el toque de queda, en todo el territorio nacional, comenzará a las 21 horas.
La autoridad también dio a conocer que se cerrarán las fronteras en el país y que se prohibirán los viajes de chilenos y extranjeros residentes, fuera de Chile, medida que regirá durante el mes de abril.
También se prohibirá el ingreso de extranjeros no residentes al país por un lapso de 30 días. Además, los camiones que ingresan por frontera terrestre, a sus ocupantes se les solicitará un PCR negativo realizado con 72 horas de anticipación.
Bienes esenciales y permisos únicos
El gobierno también anunció que se modificó el concepto de bien esencial, el que ahora sólo incluirá alimentos, medicamentos, artículos de aseo o higiene personal y para el funcionamiento y conservación del hogar, además de artículos indispensables para el teletrabajo o la educación a distancia. Sólo ese tipo de productos podrán ser entregados por delivery y vendidos en los supermercados que permanecen abiertos. Se eliminaron otros giros temporales, como venta de vestuario, calzados, cosméticos o perfumes.
Los supermercados, farmacias y bancos, además deberán solicitar el permiso de desplazamiento general a quiene ingresen, y para entrar a dichos recintos, sólo servirá el Permiso Único Colectivo, en caso de que la persona sea mayorista.
En el caso de los Permisos Únicos Colectivos (PUC), tanto para el sector público como privado, sólo podrán incluir a funcionarios que cumplan tareas operativas, productivas o de logística. Quedarán excluidos quienes tengan labores administrativas, contables, financieras, de asesoría y/o consultoría.
Las empresas, además, al momento de solicitar el PUC, tendrán que informar cuántos trabajadores tiene y a cuántos de ellos se les está solicitando el permiso.
En el caso de los cultos religiosos, se autorizó un aforo de 5 personas.