Falabella, Embotelladora Andina, Tecnet y Sename: 16 empresas fueron condenadas por prácticas antisindicales este primer semestre
Falabella, Embotelladora Andina y Sename son algunas de las empresas condenadas. Entre las infracciones que motivaron las sentencias, está el haber reemplazado a trabajadores/as en huelga, ofrecer beneficios durante la negociación colectiva, separar ilegalmente a dirigentes/as sindicales y a trabajadores/as con fuero de negociación colectiva, entre otras.
Un total de 16 condenas por prácticas antisindicales o desleales aplicaron los tribunales del trabajo a lo largo del país durante el primer semestre de este 2022. Así lo revela la nómina dada a conocer hoy martes por la Dirección del Trabajo, organismo responsable de incluirlas en un registro semestral y divulgarlas públicamente, según lo establece el Código del Trabajo.
Las sentencias condenatorias implicaron la aplicación de multas por un total de 1.860 UTM, que, al valor de julio, suman $108.341.280. Además, una vez ejecutoriadas las sentencias, las empresas no podrán hacer negocios con el Estado durante dos años, ya que, de acuerdo con la Ley 19.886, las empresas condenadas quedan excluidas como proveedoras en el sistema de compras públicas del Estado durante el periodo mencionado.
Respecto de las condenas del primer semestre del año 2021 un solo empleador vuelve a ser condenado. Se trata de la Corporación Educacional El Bosque, multada con 150 UTM por “separación ilegal de dirigentes sindicales”. La condena anterior le significó una multa de 100 UTM por “vulneración principio de buena fe durante el proceso de negociación colectiva”.
Algunas de las infracciones que motivaron las sentencias condenatorias fueron: reemplazar a trabajadores y trabajadoras en huelga, ofrecer beneficios durante la negociación colectiva, separar ilegalmente a dirigentes y dirigentes sindicales, y separar ilegalmente a trabajadores y trabajadoras con fuero de negociación colectiva.
Además, otorgar o convenir con trabajadores y trabajadoras no afiliados a la organización sindical beneficios similares a los pactados en un instrumento colectivo, no descontar ni enterar la cuota sindical y no reincorporar a trabajadoras y trabajadores aforados ante requerimiento de la Inspección del Trabajo.
Respecto a estas condenas, el director del Trabajo, Pablo Zenteno, señaló: “las prácticas antisindicales son absolutamente repudiables pues atentan contra uno de los derechos fundamentales clave de la legislación laboral, que es el de la libertad sindical o, dicho de otra forma, el derecho de trabajadores y trabajadoras a agruparse colectivamente en una organización formal que vele por sus intereses”.
La nómina de condenas publicada hoy es similar a la del segundo semestre del año 2021, que registró 17 sentencias. De las 16 sentencias de este 2022, 12 fueron investigadas, comprobadas y elevadas a los tribunales de justicia por la Dirección del Trabajo.
“Este es un rol que la Dirección del Trabajo asume como una de sus prioridades estratégicas, puesto que su misión no se limita a defender a trabajadoras y trabajadores ante eventuales vulneraciones a sus derechos individuales, sino que también vela porque las organizaciones sindicales cumplan sin obstáculos de ningún tipo su trascendental rol en defensa de los derechos de sus afiliadas y afiliados”, destacó el Director del Trabajo.
Para conocer la lista completa de condenas por prácticas antisindicales, pinchar en este enlace.
Fuente: www.sindical.cl