Jueves, Noviembre 21, 2024
Nacional

CIJ declara que el río Silala es «internacional» y desestima demanda de Bolivia contra Chile

El tribunal ha señalado así que las autoridades chilenas “no deben indemnizar a Bolivia” dado que el país está haciendo “un uso debido” del agua del río a pesar de que Bolivia insistía en que las aguas del Silala fluyen hacia Chile por canales artificiales.

La Corte Internacional de Justicia (CIJ) ha declarado este jueves que «no existen dudas» sobre que el Silala es un río «internacional» y ha desestimado la demanda presentada por Bolivia contra Chile, por lo que el país no tendrá que indemnizar al Gobierno boliviano, que insistía en tener la soberanía de lo que han considerado «canales artificiales» que sirven para drenar el flujo del Silala.

El tribunal ha señalado así que las autoridades chilenas «no deben indemnizar a Bolivia» dado que el país está haciendo «un uso debido» del agua del río a pesar de que Bolivia insistía en que las aguas del Silala fluyen hacia Chile por canales artificiales.

«Existe un acuerdo entre los estados ribereños, Chile y Bolivia, de que el río Silala constituye un curso de agua internacional. Por ende, no hay duda sobre esta materia», ha señalado la jueza Joan Donoghue, presidenta de la Corte, durante la lectura pública del fallo.

Donoghue ha afirmado que la corte ha desestimado así la petición de Bolivia, que respondía a una contrademanda presentada en 2018, dos años después de que la ahora expresidenta de Chile, Michelle Bachelet, demandara al país vecino tras las acusaciones del exmandatario boliviano Evo Morales, que aseguraba que Chile estaba «robando» los recursos hídricos del cauce.

Así, ha dado la razón al Gobierno chileno y señalado que «durante el procedimiento ha quedado claro que las partes concuerdan que ese principio se aplica a toda el agua del Silala, independiente de su característica natural o artificial, y que las partes acuerdan que tienen derecho al uso equitativo y razonable según el Derecho Internacional consuetudinario».

Además, la corte ha abordado las obligaciones de Bolivia a la hora de cuidar y prevenir daños ambientales en el cauce del río y ha afirmado que la corte «considera que en el curso del procedimiento las partes han concordado en cuanto al fondo de la alegación de Chile».

Sin embargo, ha establecido que Chile «no ha presentado pruebas de que Bolivia haya causado daños en el cauce» y ha matizado que «No todo daño genera obligación de consulta».

El conflicto territorial se remonta a 1879, cuando Bolivia perdió su salida al Pacífico en la guerra que mantuvo con Chile, que culminó con el Tratado de Paz y Amistad de 1904, sobre el derecho de libre tránsito de mercancías bolivianas hacia y desde puertos en este océano. (Europa Press)

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